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Con la entrada en vigor del Real Decreto 742/2013 de 27 de Septiembre, se establecen nuevas obligaciones y criterios técnico-sanitarios de calidad del agua y del aire que hay que cumplir en las piscinas, con la finalidad de proteger la salud de los usuarios de posibles riesgos físicos, químicos o microbiológicos derivados del uso de las mismas.

La principal obligación es la de disponer de un Protocolo Autocontrol de Piscinas específico para las piscinas de uso público:

Tipo 1: Piscinas donde la actividad relacionada con el agua es el objetivo principal, como en el caso de piscinas públicas, de ocio, parques acuáticos o spas.

Tipo 2: Piscinas que actúan como servicio suplementario al objetivo principal, como en el caso de piscinas de hoteles, alojamientos turísticos, camping o terapéuticas en centros sanitarios, entre otras.

El protocolo de autocontrol, siempre estará en la propia piscina a disposición del personal de mantenimiento y de la autoridad competente, estará actualizado, y contendrá los siguientes aspectos:

1)Tratamiento del agua de cada vaso.

2) Control del agua.

3) Mantenimiento de la piscina.

4) Limpieza y desinfección.

5) Seguridad y Buenas prácticas.

6) Plan de control de plagas.

7) Gestión de proveedores y servicios.

 

En SIGGO llevamos años dedicándonos a controlar y auditar piscinas de diversa índole, por lo que contamos con expertos que puede elaborar su protocolo de autocontrol de piscinas con suficientes garantías para cubrir de sobra los requisitos de las inspecciones de sanidad a la que están sujetos, y al mismo tiempo mejorar las condiciones y funcionamiento de sus piscinas, para que sus usuarios disfruten de ellas con total tranquilidad.

Nuestros trabajos se inician con una visita de toma de datos, siguen con el diseño y elaboración de la documentación a medida de cada instalación del Protocolo de Autocontrol de las piscinas, planteamiento de mejoras, y una visita final de entrega y explicación de la documentación. En caso que el cliente así lo requiera, se puede completar con auditorías de seguimiento, y/o análisis del agua, con la frecuencia marcada por el Real Decreto o Decreto autonómico que lo complemente.

También podemos ofrecerles un sistema informático o Libro de Registro de Piscinas Digital, para que puedan llevar de forma cómoda los registros del sistema, y puedan sacar el resumen anual en formato electrónico, para entregar a la autoridad sanitaria correspondiente.

BENEFICIOS PARA TU NEGOCIO
  • Cuando dispone del protocolo de autocontrol, cumple con la normativa, evitando sanciones

  • Ofrece un servicio más seguro a sus clientes, pudiendo descansar tranquilo

  • Mejora las condiciones y funcionamiento de sus piscinas, así sus usuarios pueden disfrutar de ellas con total tranquilidad

Experiencias de nuestros clientes

Virginia Sarobe Responsable de Calidad del Grupo Hoteles Solymar

"En temas de seguridad alimentaria y de higiene hídrica,tenemos que contar con colaboradores profesionales y de confianza, que nos asesoren adecuadamente. Se trata de la salud de nuestros clientes y nuestro prestigio. Trabajamos con SIGGO desde hace años"

PROPUESTA DE VALOR

  • Nos avalan más de 15 años realizando controles y auditorías de piscinas
  • Un equipo técnico con dilatada experiencia elaborará su protocolo de autocontrol
  • En un mismo lugar encontrará asesoramiento, formación, control y suministros para mantener la calidad del agua de su piscina.

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