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4 de agosto de 2009

4 de agosto de 2009

hombre ruido
            Los residentes recibirán hasta 12.000 euros de indemnización después de que el TSJ ratifique la tercera causa por vulneración del derecho al descanso

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado un recurso del Ayuntamiento de Torrevieja contra una sentencia que le obliga a indemnizar hasta con doce mil euros a varios vecinos por no hacer cumplir la legislación contra la contaminación acústica. Estos residentes viven en un edificios cuyos bajos están ocupados por pubs y discotecas en la Avenida de las Habaneras y ven alterado su derecho al descanso, en algunos casos desde 1997. 

A esa indemnización se sumará en algunos casos otra que se fija en función de la devaluación del precio de las viviendas desde 1997. 

Se trata del tercer procedimiento que pierde el Ayuntamiento en el TSJ por contenciosos presentados contra el ruido en la misma zona. Dos correspondientes al mismo inmueble, según la letrada de los vecinos Ana Mourenza. En agosto de 2006 otro grupo de residentes del edificio, el Habaneras III, ganó otro procedimiento por el que fueron indemnizados por el Ayuntamiento con tres mil euros cada uno e incluso se manifestaron para que el Ayuntamiento cumpliera la legislación. 

La Guardia Civil y la Policía Local siguen recibiendo a día de hoy denuncias por ruidos que alteran el descanso de los vecinos a pesar del reiterado desembolso municipal de dinero público para costear las indemnizaciones, y que ya supera los 46.000 euros. 

En este último episodio judicial se demandó al Ayuntamiento por la vulneración de sus derechos fundamentales. Solicitaban una responsabilidad patrimonial ligada a la inactividad municipal a la hora de suprimir o vigilar las molestias generadas por los pubs desde 1997. 

Denuncian reiterados ruidos, molestias y daños por parte de los locales, así como problemas derivados de la actividad -vasos rotos, suciedad o consumo de drogas-, situación que ha afectado al precio de las viviendas e impide venderlas o alquilarlas. El Ayuntamiento, afirma el TSJ, no ha actuado a pesar de las reiteradas ocasiones en las que se ha detectado el incumplimiento de la ley, además de elevarse la queja hasta el Síndico de Agravios. 

El Ayuntamiento ha alegado en el recurso argumentando distintos defectos de forma. En primera instancia en un juzgado de Elche. Sobre el asunto de fondo, la falta de vigilancia en el cumplimiento de la legislación, mantuvo que la preocupación por las denuncias vecinales se ha expresado en la declaración de este tramo de la Avenida de las Habaneras como zona acústicamente saturada desde 2002. 

El TSJ rechaza, por otra parte, que la mercantil propietaria de varios inmuebles opte a las indemnizaciones a las que han tenido acceso los vecinos porque una empresa, como tal, no es una persona física y "no tiene reconocido el derecho al descanso".

Fuente:
D. PAMIES
Diario Información 30/07/09


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