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18 de mayo de 2020

18 de mayo de 2020

 

Tras la publicación en el BOE del Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, se confirma que se podrán abrir las piscinas y las playas con ciertas restricciones.

Progresivamente se irán modificando las restricciones en base a como se avance en el estado de alarma. A principios de Mayo el CSIC publicó un informe sobre la posible transmision del COVID-19 en piscinas y playas, y ahora recientemente el Ministerio de Sanidad ha publicado una guía con recomendaciones para la apertura de la actividad de las piscinas tras la crisis del COVID-19, que servirá de referencia.

 

 

Condiciones de apertura de las piscinas tras fase 2

Según lo indicado en el Orden SND/414/2020, se marcan las siguientes condiciones para apertura de las piscinas en fase 2:

  • Se pueden abrir al público las piscinas recreativas y a ellas puede acceder cualquier persona siempre que se mantenga el aforo máximo de un 30% de la capacidad de la instalación. Si no se pueden mantener la distancia de seguridad entre usuarios se reducirá el aforo.
  • Para acceder a la piscina es necesario concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación.
  • Las normas de higiene y prevención se recordarán a los usuarios de piscinas y playas mediante cartelería visible o mensajes de megafonía, así como la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
  • Se deberán limpiar y desinfectar los equipos y materiales habituales como vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios.
  • La limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se realizará al menos tres veces al día.
  • Se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de seguridad mediante señales en el suelo limitando los espacios. Los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad.
  • No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

 

Informe CSIC sobre transmisión del SARS-CoV-2 en playas y piscinas

El CSIC ha elaborado un informe referido a distintos espacios destinados al baño y otras actividades acuáticas, no tratando de definir las condiciones necesarias de utilización, ya que para ello debería hacer un estudio con el tiempo de planificación suficiente, incluyendo toma de muestras y análisis de los resultados, sino que se trata de un resumen de lo que se describe en la literatura científica a fecha 5 de Mayo de 2020, avalado por la opinión de los investigadores que han firmado dicho documento.

El informe resume las siguientes conclusiones:

1. La principal vía de transmisión del SARS-CoV-2 en playas, ríos, lagos y piscinas es a través de secreciones respiratorias que se generan con la tos y los estornudos y el contacto de persona a persona, por lo que deben mantenerse las recomendaciones generales relativas a cualquier otro lugar, como por ejemplo las recomendaciones recogidas en el protocolo y guía de buenas prácticas dirigidas a la actividad comercial en establecimiento físico y no sedentario publicadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MICT, 2020).

2. En actividades recreativas, la infección por SARS-CoV-2 por contacto con el agua de condiciones estándar para el baño, es muy poco probable. Sin embargo, estas actividades generalmente implican una pérdida de las medidas recomendadas de distanciamiento social.

3. En piscinas y spa, en dónde el uso de agentes desinfectantes está ampliamente implantado con el fin de evitar la contaminación microbiana de las aguas por la afluencia de usuarios, la concentración residual del agente de desinfección presente en el agua debería ser suficiente para la inactivación del virus.

4. Los aerosoles generados por el agua presente en un balneario o en una instalación de aguas medicinales tendrán las mismas características de desinfección que las aguas de baño de estas instalaciones.

5. En aquellos casos en los que el ambiente de las instalaciones se mantiene a temperaturas elevadas, como en el caso de las saunas y los baños de vapor, se espera que, debido a la alta temperatura (> 60 ºC), la supervivencia del virus sea reducida.

6. Aunque actualmente no existen datos de la persistencia del SARS-CoV-2 en agua de mar, el efecto de dilución, así como la presencia de sal, son factores que probablemente contribuyan a una disminución de la carga viral y a su inactivación por analogía a lo que sucede con virus similares.

7. La supervivencia del SARS-CoV-2 en agua de ríos, lagos, pozas aguas remansadas de agua dulce y no tratada puede ser superior a la que se produce en piscinas y en el agua salada, y por tanto deben extremarse las medidas de precaución para evitar aglomeraciones, siendo éstos los medios acuáticos más desaconsejables en relación con otras alternativas, especialmente las pequeñas pozas donde la dilución es menos efectiva.

8. Aunque no existen estudios sobre la prevalencia de virus en la arena presente en playas o riberas, la acción conjunta de la sal del agua de mar, la radiación ultravioleta solar y la alta temperatura que puede alcanzar la arena, son favorables para la inactivación de los agentes patógenos.

9. No es recomendable la desinfección de los suelos de espacios naturales con los procedimientos habituales para espacios públicos urbanos. Cualquier forma de desinfección de la arena de la playa debe ser respetuosa con el medio ambiente.

Se puede consultar al completo dicho informe en este link: Informe del CSIC sobre transmisión del SARS-CoV-2 en playas y piscinas

 

Guía Recomendaciones Apertura Actividad de las piscinas publicado por Sanidad

El pasado 14 de Mayo, el Ministerio de Sanidad publicó la Guía “Reapertura de la actividad en las piscinas tras la crisis del COVID-19”, que incluye las recomendaciones sanitarias mínimas para la apertura de las piscinas definidas en el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, con el fin de minimizar el potencial de transmisión de COVID-19 y proporcionar un ambiente seguro y saludable en estas instalaciones.

Para su elaboración se han tenido en cuenta las recomendaciones de los expertos, de las autoridades competentes de las Comunidades y Ciudades Autónomas, así como las recomendaciones del sector de la piscina.

Los objetivos que se plantean son proporcionar normas para uso de las instalaciones de piscinas y definir procedimientos sencillos de limpieza y la desinfección de instalaciones de piscinas para garantizar unos niveles adecuados de protección de la salud de los usuarios de las piscinas.

En el documento se resumen las actuaciones a realizar antes de abrir cada una de las piscinas y las medidas preventivas cuando la piscina esté abierta.

Entre las medidas antes de la reapertura de la instalación, se exponen condiciones para:

  • Prevención de riesgos laborales para socorristas y trabajadores
  • Ventilación de espacios cerrados
  • Limpieza y desinfección de mobiliario
  • Descripción del plan de limpieza y desinfección
  • Productos Biocidas: Desinfectantes
  • Bares y zonas deportivas
  • Tratamiento del agua de los vasos

Y medidas tras la apertura de la instalación, tales como:

  • Medidas básicas
  • Medidas de aforo y control de accesos
  • Medias generales para los usuarios
  • Ventilación de espacios cerrados
  • Medidas en las zonas de estancia o de transito de bañistas
  • Control de la calidad del agua del vaso
  • Toboganes, zonas deportivas y zonas de juego
  • Impartición de clases y actividades

Todas estas medidas se tendrán que tener en cuenta en el Protocolo de Autocontrol de piscinas según RD742/2003 de la piscina del establecimiento.

 

Como conclusión, el documento hace mención a considerar que:

  1. Los riesgos asociados al COVID-19 están relacionados con la interacción entre personas que acuden a las piscinas. Las medidas más eficaces para evitar la transmisión del virus son el distanciamiento social y el refuerzo de la higiene de manos y respiratoria.
  2. La limpieza y desinfección diaria de superficies y zonas comunes es fundamental para evitar la propagación del virus.
  3. Para eliminar el virus hay que mantener correctamente el tratamiento y niveles de desinfectante residual en el agua de los vasos y duchas.
  4. Para prevenir la transmisión del virus los usuarios y los trabajadores deben cumplir las medidas de distancia social, cumplir las normas de higiene y aplicar los criterios técnicos de mantenimiento, limpieza y desinfección.

 

Pueden consultarse en detalle cada media a implantar en el siguiente link: Guía Recomendaciones para la apertura de la actividad en las piscinas tras la crisis del COVID-19

 

¿Cómo le podemos ayudar en SIGGO?

En SIGGO estamos preparados para ayudarles a frenar la transmisión del COVID-19 en sus instalaciones, ofreciendo los siguientes servicios especializados:

  • Elaboración de protocolos de actuación frente a COVID-19
  • Desarrollo de su Plan de Contingencia
  • Elaboración de Planes de Limpieza efectivos frente a COVID-19
  • Realización de Cursos de formación para prevención de COVID-19
  • Realización de tratamientos Preventivos frente a COVID-19, y en caso de positivos por Coronavirus.
  • Realización de análisis para detección del coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19) en superficies desinfectadas, mediante detección de ARN por PCR a tiempo real.
  • Elaboración de Protocolos de Autocontrol de piscinas según RD742/20013 y adaptación a COVID-19.
  • Realización de análisis de piscinas
  • Cursos de formación de mantenimiento de piscinas, que ahora incluyen medidas preventivas frente a COVID-19.

 

Si necesita ayuda, y no sabe qué hacer, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 965844586 o nuestro formulario de contacto.

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