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19 de enero de 2018

19 de enero de 2018

 

 

 

 

La Guía de prácticas correctas de higiene para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios en la Comunidad Valenciana se ha creado con el objetivo de crear un instrumento eficaz de control, referencia, apoyo y cooperación en seguridad alimentaria y de calidad en los mercados ambulantes o de venta no sedentaria.

Esta guía de referencia para la venta de alimentos en mercados ha sido fruto del trabajo conjunto entre la Consellería de Sanitat Universal i Salut Pública de la Generalitat Valenciana y la Federación Valenciana de Municipios y provincias (FVMP).

 

 

 

Normativa higiene en la venta de alimentos en los mercados no sedentarios

 

El marco legislativo en la UE, estatal y autonómico dicta los requisitos y garantías del control oficial en materia de higiene a lo largo de la cadena alimentaria.

La normativa estatal impone a las administraciones públicas el control sanitario y la prevención de riesgos para la salud derivados de los productos alimentarios.

En la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene la competencia sobre la seguridad agroalimentaria y  a través de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, se  establecen los objetivos en materia de seguridad de los alimentos, por medio de la elaboración del Plan de Seguridad Alimentaria de la Comunitat Valenciana.

El Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios dispone que las autoridades competentes, fomentarán la elaboración de guías de prácticas correctas de higiene para la aplicación de los principios del sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico, así como su uso. En este reglamento también se hace referencia a que  las empresas deben garantizar la seguridad alimentaria y que debe realizar la implantación y mantenimiento de sistemas de autocontrol basados en el Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC).

En cuanto al tema en concreto de la normativa para la venta en mercados no sedentarios, es el Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana, y ésta atribuye a los ayuntamientos determinadas competencias en materia de seguridad alimentaria.

 

 

Guía de prácticas correctas de higiene para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios

 

Esta Guía de referencia en mercados ambulantes se crea como herramienta de garantía y seguridad en la higiene alimentaria en esta actividad comercial, que tan arraigada está en los municipios de la Comunidad Valenciana.

Está guía ayudará a:

  • Los ayuntamientos, con un marco de evaluación en la solicitud, la instalación y, el desarrollo de la actividad comercial. Esta guía facilita a los ayuntamientos la información necesaria sobre los requisitos generales y de ubicación de estos mercados, así como de los requisitos específicos que tienen que cumplir los vendedores.
  • A las autoridades competentes con el control oficial.
  • A los operadores en el cumplimiento de la legislación alimentaria y facilitar su propio autocontrol. Esta Guía proporciona a los titulares de los puestos de venta un documento de autocontrol basado en el sistema APPCC, que les permita cumplir con los requisitos de higiene necesarios para conseguir la seguridad en los alimentos que comercializan.

 

Apartados de la Guia

La guía consta de los siguientes apartados:

  1. Requisitos generales que deben de cumplir los emplazamientos, las instalaciones, los equipos, utensilios y quienes son titulares de los puestos de venta.
  2. Prerrequisitos: Control de agua, limpieza, cadena de frío, materias primas y residuos.
  3. Buenas prácticas de higiene y manipulación de alimentos.
  4. Control de los alérgenos.
  5. Información al consumidor y etiquetado.
  6. Requisitos higiénico sanitarios específicos según la naturaleza del producto a la venta.
  7. Requisitos específicos para la venta de productos ecológicos en mercado
  8. Requisitos relativos a la documentación y control de los mercados para los ayuntamientos.

 

Ámbito de aplicación de la Guia de prácticas correctas

 

La Guía de Practicas correctas de higiene en cada uno de sus apartados es de obligado cumplimiento en todo tipo de mercados (periódicos, ocasionales, temáticos o generalistas) por lo que incluye también a mercados medievales, mercados de productos ecológicos, ferias, etc.

 

 

 

 

¿A que sectores concierne la Guía?

Los requisitos generales de la guía es de obligado cumplimiento para todos los sectores según el producto de venta, pero cada sector, tendrá sus requisitos específicos.

  • Productos de origen vegetal y derivados como las frutas, verduras o encurtidos.
  • Productos de origen animal como carnes, pescados, miel, leche, huevos o salazones.
  • Pan o productos de pastelería, bollería o confitería
  • Chocolates, turrones, mazapanes o garrapiñados
  • Caramelos y golosinas
  • Comidas preparadas
  • Horchatas y helados

 

¿Cómo podemos ayudarle en SIGGO con la Guía de Prácticas Correctas de Higiene?

En SIGGO podemos ayudarles a implantar esta Guía de referencia de la forma más adecuada y sencilla.

Los titulares de puestos de venta en mercados no disponen de suficientes recursos que puedan dedicar a crear, adaptar, implantar, controlar y mantener los sistemas de autocontrol según las GPCH en su puesto por lo que les ofrecemos el servicio integral de asesoramiento técnico para la correcta implantación.

Además nuestro departamento de formación puede ofrecerle cursos de formación de manipuladores de alimentos de todos los sectores para los vendedores en mercados para cumplir con lo que se indica en la guía.

Ofrecemos servicios de ayuda a los Ayuntamientos para la auditoría y control de la correcta implantación de la Guía GPCH para la venta y preparación de alimentos en mercados no sedentarios, facilitando el trabajo a las concejalias y técnicos municipales encargados de los mercados, y mejorando la calidad e higiene que se ofrece en el mercadillo municipal.

Al mismo tiempo realizamos sesiones formativas a medida en el ámbito municipal, para la correcta implantación de la guía, y correctos cumplimientos de los estandares marcados en ella.

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